DERECHOS HUMANOS
DERECHO A LA IGUALDAD
Es fácil de asumir que las personas son todas diferentes, ya que cada una es un ser único e irrepetible como tal, con sus rasgos físicos y psíquicos diferenciados, aptitudes, cultura y condiciones de vida, y eso hace al enriquecimiento de la raza humana

DERECHO A UN HOGAR
El derecho a una vivienda digna no solamente hace referencia al derecho de toda persona de disponer de cuatro paredes y un techo donde encontrar refugio, sino que también implica acceder a un hogar y a una comunidad seguras en las que vivir en paz, con dignidad y salud física y mental. Ejemplo pragmático de la interdependencia entre los diferentes derechos humanos, garantizar el derecho a una vivienda adecuada es algo esencial para garantizar el derecho a la familia, a la no injerencia en la vida privada, a la seguridad personal, a la salud y, en definitiva, para asegurar el derecho a la vida.

DERECHO A LA EDUCACIÓN
La educación es un derecho humano fundamental, esencial para poder ejercitar todos los demás derechos. La educación promueve la libertad y la autonomía personal y genera importantes beneficios para el desarrollo. Sin embargo, millones de niños y adultos siguen privados de oportunidades educativas, en muchos casos a causa de la pobreza.
Los instrumentos normativos de las Naciones Unidas y la estipulan las obligaciones jurídicas internacionales del derecho a la educación. Estos instrumento promueven y desarrollar el derecho de cada persona a disfrutar del acceso a la educación de calidad, sin discriminación ni exclusión. Estos instrumentos constituyen un testimonio de la gran importancia que los Estados Miembros y la comunidad internacional le asignan a la acción normativa con miras a hacer realidad el derecho a la educación. Corresponde a los gobiernos el cumplimiento de las obligaciones, tanto de índole jurídica como política, relativas al suministro de educación de calidad para todos y la aplicación y supervisión más eficaces de las estrategias educativas.
DERECHO A LA LIBERTAD
La libertad implica hacer lo que uno quiera dentro del marco de la ley. Es uno de los derechos civiles más importantes, pues sin su reconocimiento muchos de los demás no podrían ejercerse. por ejemplo los derechos de estudiar, de enseñar, de transitar, de tener una religión etcétera, serían ilusorios si la persona no pudiera ejercerlos sin presión o coacción externa. Es un concepto estrechamente unido al de democracia. El filósofo griego Aristóteles orgulloso de la democracia ateniense de su tiempo, en su obra “Política” proclamaba la libertad, pero para algunos, pues la esclavitud era defendida en esos tiempos. Así expresaba: “El hombre libre debe hacer su voluntad, así como el esclavo debe someterse a la ajena”.

DERECHO A LA ALIMENTACIÓN
Los Estados están obligados a desarrollar, individualmente y mediante la cooperación internacional, una serie de medidas de producción, conservación y distribución de alimentos para asegurar que todas las personas sean capaces de acceder a alimentos suficientes para estar protegidas contra el hambre y la desnutrición. En la realización del derecho a la alimentación, se debe prestar también atención a conceptos tales como la seguridad alimentaria (la sostenible del acceso a los alimentos para las generaciones presentes y futuras) y la soberanía alimentaria (el derecho de los pueblos a definir sus propios sistemas alimentarios y agrícolas). El derecho a la alimentación no se limita al mero hecho de tener una cierta cantidad de calorías y los nutrientes necesarios en la dieta, sino que también implica que todos deben tener acceso físico y económico a los alimentos o los medios para producirlos en todo momento.

DERECHO AL TRABAJO
El derecho al trabajo hace referencia a la posibilidad de participar libremente en las actividades de producción y de prestación de servicios a la sociedad y al disfrute de los beneficios obtenidos mediante estas actividades. Estos beneficios deben garantizar un nivel de vida adecuado. El derecho al trabajo es el primero de los derechos reconocidos de forma específica en el Pacto por los Derechos Económicos, Sociales y Culturales que, en su artículo 6 establece que el derecho a trabajar comprende: “el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo libremente escogido”.
Por otro lado, los derechos laborales son las normas que protegen las personas trabajadoras y comprenden: el derecho a unas condiciones dignas de trabajo, seguras e higiénicas, el derecho a un trabajo libremente escogido y aceptado, el derecho a una remuneración adecuada, el derecho a la limitación de la jornada y a períodos de descanso remunerado, el derecho a constituir sindicatos y afiliarse a los mismos; el derecho de huelga; el derecho a igual remuneración por trabajo de igual valor y el derecho a la igualdad en el trato.
VÍDEO DE LOS DERECHOS HUMANOS
